El Real Decreto 665/1997, establece en su Artículo 12, el cumplimiento de la Ley de PRL en esta materia, por lo que “La persona empresaria deberá consultar a las personas trabajadoras, y permitir su participación, en el marco de todas las cuestiones que afecten a la seguridad y a la salud en el trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el capítulo V de la presente Ley (Consulta y participación de las personas trabajadoras).
Las personas trabajadoras tendrán derecho a efectuar propuestas a la persona empresaria, así como a los órganos de participación y representación previstos en el capítulo V de esta Ley, dirigidas a la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud en la empresa”.
Las decisiones a consultar deben de ser las recogidas en el Artículo 33 de la Ley de PRL.
En este aspecto, cabe destacar la información y/o aspectos relevantes a consultar y participar por parte de las personas expuestas:
- Conocimiento de las actividades que se desarrollen en esta materia.
- Implantación de soluciones técnicas a llevar a cabo o llevadas a cabo para el control de la exposición a polvo y SCR.
- Fomentar prácticas preventivas en esta materia.
- Equipo de protección respiratoria seleccionado y aspectos sobre el mismo.
- Fomento de la comunicación.
En el siguiente enlace se puede descargar un registro sobre la consulta y participación en materia de prevención frente al riesgo por exposición a SCR, realizado por el INS: enlace.